Sesionó la Corte y determinó como válida el decreto del presidente López Obrador que expide la convocatoria a la consulta popular contra los cinco expresidentes anteriores: Peña Nieto, Calderón, Fox, Zedillo y Salinas.
El INE interpuso la controversia constitucional contra el referéndum porque el Gobierno federal omitió darle recursos financieros suficientes para celebrarlo.
El argumento es que la aprobación de la consulta por parte del Congreso violó la autonomía constitucional y de presupuesto de la cual goza el Instituto Nacional Electoral.
La Corte determinó que no existe obligación sobre el Congreso en cuanto a los recursos para realizar la consulta.
Comunicado del máximo tribunal concluyó que es “inexistente la omisión reclamada por el Instituto”, así que con base en la reforma y con los recursos que tiene el INE para celebrar consultas populares deberá llevar a cabo todo el proceso de la consulta.
“Actor: Instituto Nacional Electoral, el proyecto propone. Primero: Es procedente, pero infundada la controversia constitucional”, resolvieron los ministros.
Como resultado, la consulta popular sigue en pie para celebrarse el próximo 1 de agosto.
A los ciudadanos preguntarán:
:“¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?”.