En el estado de Veracruz, casarse dos veces, sin divorciarse del primer matrimonio, ya no es problema.
Incluso un tribunal federal determinó que sería inconstitucional anular un segundo matrimonio de una persona que no se haya divorciado.
El artículo 122 del Código Civil de Veracruz -como los códigos del resto del País-, establecen la nulidad automática del segundo matrimonio de una persona cuando no ha habido divorcio previo.
También el Código Penal estatal castiga la bigamia como delito, que lo comete quien contrae matrimonio sin haber disuelto su unión previa.
En su fallo, el tribunal en materia civil dijo que la restricción implica un «estereotipo de género prejuicioso» contra las relaciones extramaritales.
Así, en el caso resuelto por el tribunal, la primera esposa de un hombre fallecido demandó anular su segundo matrimonio, lo que fue concedido por la justicia local.
Empero, la segunda esposa inició un juicio de amparo para que ella y sus hijos tengan los mismos derechos que la primera familia del fallecido.
La Corte y tribunales colegiados han quitado importancia al matrimonio tradicional, incluidos fallos que permiten disolverlo al día siguiente de haberlo contraído.