Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la validez de la elección y la constancia de mayoría en favor de Samuel García, de Movimiento Ciudadano, por lo que asumirá la Gubernatura de Nuevo León el próximo 3 de octubre.

En la sesión pública en la madrugada de este jueves, el Magistrado ponente José Luis Vargas expuso el proyecto que circuló previamente en donde desestimó los agravios alegados por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) que demandaba la nulidad de la elección.

En la sentencia se consideró que el Presidente Andrés Manuel López Obrador violó principios constitucionales al romper la neutralidad como servidor público y manifestarse en contra del candidato del PRI y PRD, Adrián de la Garza, en las conferencias matutinas del 5, 6, 7 y 11 de mayo.

Sin embargo, además de exponer que en algunos casos fueron respuestas del Mandatario a preguntas específicas, esta irregularidad no fue determinante en el resultado.

La única modificación a la sentencia al proyecto circulado previamente se hizo a propuesta del Magistrado presidente Reyes Rodríguez, y apoyado por los Magistrados Janine Otálora, Felipe Fuentes y Felipe de la Mata.

Por esta modificación, se aprobó dar vista a la Comisión Electoral de Nuevo León y al Tribunal electoral local para que analicen los mensajes en redes sociales de Mariana Rodríguez, esposa de Samuel García, en periodo de veda, considerándola como «simpatizante» de MC y no como una ciudadana sin ningún vínculo con la campaña como proponía el proyecto original.

El Magistrado Rodríguez dijo que ante la investigación en marcha que realizan los órganos locales por los cerca de 150 mensajes publicados en sus redes el día de la jornada electoral con historias, fotos y expresiones de apoyo al entonces candidato de MC, podrían haber violado la veda electoral .

Dijo el Magistrado que para ser simpatizante de un partido no se requiere de una afiliación al mismo.

El apoyo mayoritario de la propuesta llevó a modificar el proyecto original que realizará el propio Magistrado ponente Vargas.

La sentencia, expuso el ponente, rechaza que haya habido rebase de tope de gastos de campaña por Samuel García; recuerda que fue revocada la multa de 28 millones a MC por supuesta aportación de ente prohibido lo que incidió en las finanzas finales.

De las pruebas y constancias en el expediente, concluyó el Magistrado Vargas, no se desprende que haya lugar a la anulación de la elección en Nuevo León.

«La nulidad no es una sanción, sino consecuencia de actos ilícitos y están debidamente legislados, (establecidos) en ley», expuso.

Si bien se acreditaron algunas irregularidades y violaciones constitucionales, no viciaron de manera insalvable los resultados electorales, añadió