Cd. Victoria, Tamaulipas.- De acuerdo con el Reglamento de Tránsito de Ciudad Victoria, capítulo décimo cuarto de los Seguros, Flotillas y Fianzas, señala que todo los vehículos de motor sin importar su tipo, tamaño, peso o utilidad, que circulen en el territorio municipal, ya sea temporal o permanentemente, deben estar asegurados, documento que únicamente deberá ser presentado, siempre y cuando el conducto haya cometido una infracción o un choque.
El articulo 88 en su inciso 1 el Reglamento de Tránsito de Ciudad Victoria, estipula que por lo mínimo deben de contar con un seguro vehicular por lo menos con una cobertura de daños a terceros en sus bienes y/o personas, con póliza vigente expedida por una Compañía de Seguros autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
Por su parte explica que el personal operativo de tránsito podrá solicitar al conductor de cualquier vehículo automotor que muestre los documentos que refieran que cuenta con el amparo de un seguro de responsabilidad civil para daños a terceros, como mínimo, este siempre y cuando el conductor requerido haya cometido alguna infracción al reglamento de tránsito o haya participado en alguna colisión.
A su vez señala que cuando algún vehículo que participé en algún percance vial o en alguna infracción al presente reglamento, no cuente con el seguro a que se refiere este artículo, se sancionará al conductor, en adición a cualquier otra multa que corresponda, con multa de diez a cincuenta Unidades de Medida y Actualización.