CDMX.- Un tribunal federal negó en última instancia a Alfredo Adame el amparo con el que pretendía que fuera cancelado su proceso por el delito de reportar datos falsos de su domicilio fiscal al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Por unanimidad, los magistrados del Cuarto Tribunal Colegiado Penal en la Ciudad de México sentenciaron que existen los datos mínimos de prueba para suponer que existió el delito y que el actor probablemente lo cometió, razón por la que continuará procesado.
El colegiado confirmó el fallo dictado el pasado 4 de noviembre por el Juzgado Cuarto de Distrito en Amparo Penal en esta capital, que en primera instancia negó la protección de la justicia al también ex candidato a diputado federal de Redes Sociales Progresistas.
«En este caso… estamos comentando que ante una pluralidad de datos de prueba tanto del fiscal, como en este caso de la defensa, de lo que se trata aquí en el auto de vinculación es el determinar si por lo menos hasta este momento procesal la petición ministerial sí es razonablemente aceptada», expuso el magistrado ponente Héctor Lara González, en la sesión del pleno en que fue votado este asunto.
«Y eso fue lo que concluyó el juez responsable, en el sentido de que esos datos de prueba al menos razonablemente y hasta este momento procesal establecen que probablemente se cometió ese hecho y que conforme a la clasificación jurídica este hecho es delictivo y también que la parte aquí quejosa y allá imputado intervino en su comisión».
El 7 de abril de 2021 Adame fue vinculado a proceso por el juez de control Felipe de Jesús Delgadillo Padierna, del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Sur.
En este asunto, la Fiscalía General de la República le atribuye registrar ilegalmente el domicilio fiscal de su empresa, CP Producciones S.A. de C.V., en la oficina de su contador, Eduardo Ernesto Villegas, ubicada en Calle Horacio Nelson 7, Colonia Moderna, en la Alcaldía Benito Juárez, en esta capital.
El 13 de enero de 2017 Adame presuntamente proporcionó este domicilio al Registro Federal de Contribuyentes, en su calidad de administrador único de la citada compañía.
El 29 de junio de ese año, el SAT denunció a Adame ante la FGR porque estimó que los datos resultaron falsos, ya que durante una verificación comprobó que la persona moral no efectuó de manera real y material el traslado de su administración o asiento principal de su negocio.
El delito de rendir con falsedad un registro fiscal, en este caso del domicilio, se castiga con 3 meses a 3 años de prisión.